Accidentes Colectivos

 

Coberturas GARANTÍAS PRINCIPALES

* Fallecimiento por Accidente:

En caso de fallecimiento por Accidente del asegurado, la compa??a aseguradora pagar? al beneficiario o beneficiarios designados, el capital estipulado en el contrato. Este capital se denomina Capital de Fallecimiento y se establece previamente. * Invalidez Permanente Absoluta y Parcial:

En el caso de que el Asegurado, sufriese como consecuencia de un accidente cubierto, p?rdidas anat?micas o funcionales irreversibles que le inhabilite para realizar las funciones de cualquier trabajo.

GARANT?AS COMPLEMENTARIAS DE FALLECIMIENTO

* Fallecimiento por Accidente de Circulaci?n:

En el caso de que el Asegurado, sufriese el accidente en calidad de: Peat?n, y el accidente sea causado por un veh?culo terrestre ? Conductor o pasajero de un veh?culo terrestre privado ? Pasajero de transportes p?blicos terrestres y mar?timos destinados al traslado de viajeros ? Pasajero de transportes a?reos, con los l?mites establecidos en la Cobertura por riesgos de aviaci?n. * Fallecimiento por Infarto de Miocardio:

Si a consecuencia de un Infarto de Miocardio, se produjera el fallecimiento del Asegurado, se indemnizar? a los beneficiarios la suma prevista en las Condiciones Particulares. * Fallecimiento por Actos Violentos:

Se indemniza en caso de fallecimiento del Asegurado como consecuencia probada de un acto violento (atraco, tentativa de secuestro). * Fallecimiento del Asegurado y su C?nyuge:

Se indemniza el capital contratado, en caso de fallecimiento del Asegurado y su c?nyuge en un mismo accidente.

GARANT?AS COMPLEMENTARIAS DE INVALIDEZ

* Invalidez Permanente Total:

En el caso de que el Asegurado, sufriese como consecuencia de un accidente cubierto, p?rdidas anat?micas o funcionales irreversibles que le inhabilite para realizar las funciones de su trabajo habitual. * Gran Invalidez:

En el caso de que el Asegurado, sufriese como consecuencia de un accidente cubierto, p?rdidas anat?micas o funcionales irreversibles que le hagan necesaria la asistencia permanente de otra persona para realizar funciones vitales, tales como comer, desplazarse, vestirse y an?logas. * Invalidez Permanente Absoluta por Infarto de Miocardio:

Si a consecuencia de un Infarto de Miocardio, se produjera la Invalidez Permanente Absoluta del Asegurado, se indemnizar? al Asegurado la suma prevista en las Condiciones Particulares. * Invalidez Permanente Absoluta por Accidente de Circulaci?n:

Indemnizaci?n en el caso de que el Asegurado, sufriese el accidente en calidad de: Peat?n, y el accidente sea causado por un veh?culo terrestre ? Conductor o pasajero de un veh?culo terrestre privado ? Pasajero de transportes p?blicos terrestres y mar?timos destinados al traslado de viajeros ? Pasajero de transportes a?reos, con los l?mites establecidos en la Cobertura por riesgos de aviaci?n. * Incapacidad Temporal por Accidente:

Si a consecuencia de un accidente garantizado, el Asegurado tiene una situaci?n f?sica que le dificulte o le imposibilite de forma absoluta o parcial, para el desempe?o de sus ocupaciones habituales.

OTRAS GARANT?AS COMPLEMENTARIAS

* Asistencia Sanitaria:

En el caso de que el Asegurado, como consecuencia de un accidente garantizado en p?liza, precisase la asistencia m?dica, farmac?utica y de hospitalizaci?n para su total restablecimiento. * Hospitalizaci?n:

En el caso de que el Asegurado, como consecuencia de un accidente garantizado en p?liza, precisase hospitalizaci?n para su total restablecimiento. * Gastos de Cirug?a Est?tica:

Gastos m?dicos, farmac?uticos y de hospitalizaci?n, motivados como consecuencia de la operaci?n de cirug?a est?tica para corregir deformaciones o da?os causados como consecuencia de un accidente garantizado. * Desembolsos por Hechos Accidentales:

Gastos o p?rdidas materiales producidos y debidamente justificados, aun cuando no se derive ning?n da?o corporal al Asegurado, con unas causas y l?mites determinados. * Gastos de Acondicionamiento de la Vivienda o el Autom?vil:

Gastos relacionados con el acondicionamiento especial de accesos en la vivienda o modificaciones t?cnicas imprescindibles del autom?vil, en el caso de que el Asegurado, como consecuencia de un accidente garantizado en p?liza, tenga una Invalidez Permanente Absoluta. * Gastos de Sepelio:

Indemnizaci?n en caso de fallecimiento por causas naturales del Asegurado. * Asistencia en Viaje:

 

 

Un seguro sencillo y eficaz que le cubre los riesgos laborales y en su vida privada. Con una gama de garantías y modalidades para cubrir los riegos que más le preocupan y con un precio ajustado al colectivo del que se trate.

  • 2009-07-07 12:21:37
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